Seguridad en el transporte escolar

Autobús 24 mayo 2017
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En 2015, 27 autobuses escolares se vieron implicados en accidentes de tráfico, 14 sucedieron en vías interurbanas y 13 en urbanas. Por fortuna, no falleció ninguna persona, pero 9 ocupantes resultaron heridos. Estos son los datos que aporta la Dirección General de Tráfico (DGT), que también recoge que el 90% de los accidentes suceden cuando los niños suben o bajan del autobús, sobre todo por atropellos por distracción

Detrás de estas estadísticas hay personas, y para todas lo más importante es la Seguridad (con mayúsculas). Y es que todos los días circulan por las carreteras de España miles de autocares (la DGT estima que son más de 17.000) que llevan a estudiantes y personal a los centros educativos, que se ponen en manos de los profesionales de los autobuses para llegar a sus destinos. Y son, precisamente, estos profesionales los más interesados en realizar un servicio con total seguridad.

cortina enrollable transporte escolar para autobus

 

Condiciones de seguridad

Las condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores están recogidas en el Real Decreto 443/2001 (de 27 de abril). En él se recogen los elementos de seguridad que el vehículo debe tener en su interior, velocidad permitida y características técnicas de los vehículos, entre otras normas. En este post destacaremos algunas de estas normas que, a su vez la DGT considera que hay que exigir para un transporte seguro:

  • Los vehículos no rebasarán los 16 años de antigüedad.
  • En la documentación del autobús deberá figurar que ha superado una inspección técnica anual si tiene menos de 5 años, y semestral, si supera esa antigüedad; que dispone de un seguro obligatorio y otro complementario que cubra la responsabilidad civil por daños y perjuicios; y contar con una autorización especial para el transporte escolar.
  • El autobús debe disponer de plazas para personas con discapacidad.
  • El piso del vehículo no puede ser deslizante y los bordes de la escalera deben ser de colores vivos.
  • Las puertas deben disponer de barras para facilitar las operaciones de subida y bajada, y las ventanas se abrirán como máximo el tercio superior.
  • Los asientos ubicados frente a huecos de escalera, o aquellos que no estén protegidos por el respaldo de otro, deben contar con un elemento fijo de protección. Si estos asientos van ocupados por niños de 5 a 11 años, los cinturones (obligatorios para todos los autobuses nuevos, según establece la Directiva Comunitaria desde 2007) tendrán tres puntos de anclaje y dispondrán de cojines elevadores.
  • La duración máxima del tiempo de viaje en cada sentido no debe exceder de una hora.
  • Los vehículos deberán estar señalizados con el indicativo de “transporte escolar” en la parte frontal y posterior del vehículo, para que se vea bien desde el exterior.

En este último punto nos vamos a detener un poco más. El artículo 5 del Real Decreto 443/2001 se refiere íntegramente a esta señal V-10 en cuanto a medidas, colores, pictograma, colocación e iluminación del mismo se refiere. Además, en la ‘Guía para la prevención de accidentes en el transporte escolar’ de la Dirección General de Tráfico aparecen indicaciones específicas para los conductores (por su responsabilidad en el cuidado y la vigilancia de los usuarios mientras permanecen en el vehículo), que también se refieren a este indicativo. Así, antes del trayecto el autocar que conduce debe llevar el cartel de “Transporte escolar”, y en paradas y arranques debe iluminarlo.

Como hemos visto, este distintivo es un elemento imprescindible para el transporte escolar. Por ello, en Industri —como empresa proveedora de recambios y accesorios de autobuses— también tenemos en nuestra amplia gama de productos señales y cortinas escolares con el indicativo para este tipo de vehículos.

Más elementos de seguridad

Además de los puntos que hemos mencionado anteriormente, otras fuentes (aseguradoras, asociaciones, etc.) también resaltan otros elementos que los profesionales del transporte escolar deben tener bien presente de cara a la seguridad. A saber, el autocar deberá estar equipado con extintores, martillos de emergencia para romper el cristal en caso de necesidad, botiquín de primeros auxilios, salidas de socorro/emergencia bien señalizadas con algún dispositivo fluorescente, disponer de tacógrafo y limitador de velocidad, entre otros.

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